Las áreas Bajo Régimen Administrativo son áreas que por sus características deben ser protegidas ya que pertenecen al patrimonio nacional. Las ABRAE gozan de una serie de características ecológicas importantes y han sido decretadas por el Ejecutivo Nacional para llevar a cabo funciones protectoras. La áreas naturales de gran belleza escénica ha motivado a al hombre a preservar los recursos naturales existentes.
Dos de las abrae mas conocidas son:

"Salto la llovizna"

"La cueva del Guacharo"
Régimen Jurídico:
Este régimen jurídico no está definido en forma especifica pero debe entenderse como tal, aquel conjunto de reglas jurídicas que las rigen, creando derechos y deberes para la Administración, evitando la seguridad jurídica de los administrados.
El ABRAE Tipo 1 son establecidas mediante decreto presidencial que debe ser aprobado en consejo de ministro y serian:
- Parques Nacionales, Monumentos Naturales, Reservas Hidráulicas, entre otras
.El ABRAE Tipo 2 son los que si involucran al hombre, o la mano de obra como en construcciones de presas y embalses:
- Reservas Forestales, Reservas Boscosas bajo protección, Zonas de aprovechamiento agrícola, entre otras.
A continuación les vamos a hablar sobre una zona Abrae muy transcurrida en Venezuela:
Cerro Matasiete y Guayamuri
Esta ubicado en la Isla de Margarita con 1.672 hectáreas aproximadamente. Dicho Monumento fue en conmemoración a la Batalla de Matasiete. Son dos cerros orientados en sentido sur y norte, separados por una depresión.

Actividades permitidas: Observación de la naturaleza, excursiones, caminatas, investigaciones científicas...
Actividades prohibidas: La caza con fines deportivos o comerciales. La tala y quema de cualquier forma de vegetación. La extracción de especies de flora y fauna. Encender fogatas. La venta o consumo de bebidas alcohólicas. El porte de armas blancas. Competencias deportivas que reúna gran número de personas. La circulación de vehículos y motocicletas.
El 27 febrero 1974, el Ejecutivo Nacional decretó el establecimiento de Monumento Natural Los Cerros Matasiete y Guayamurí, mediante el decreto N.º 1.634, sometiendo así a un régimen especial de protección un valioso conjunto de elementos de la Naturaleza y del paisaje insular con características y atributos excepcionales.
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